En el Perú, cualquier
persona natural tiene la posibilidad de crear y establecer una empresa privada
ya sea con o sin fines de lucro. La constitución tiene decretos que respaldan
la creación de una empresa, así como los parámetros que rigen la creación de
esta, es
por este motivo que una empresa tiene una relación con el Estado.
En esencia, una empresa es libre de hacer
lo que quiera (en un marco de derechos humanos y las leyes del Estado peruano); sin embargo, el Estado puede intervenir al
tratarse de temas económicos como las fallas de mercado. Para aclarar este
punto Adam Smith dice lo siguiente: “El
interés de los negociantes (…) en cualquier rama de comercio o manufactura,
siempre es diferente en alguna forma, e incluso opuesto, al del público.
Ensanchar el mercado y estrechar la
competencia es siempre el interés de los negociantes. Ensanchar el mercado
puede, frecuentemente, estar suficientemente alineado con el interés del
público; pero restringir la competencia necesariamente está siempre en contra.
Ante problemáticas de este tipo dejar que «la mano invisible» estabilice el mercado es mala idea.
Es por ello que el Estado, específicamente
el Poder Legislativo, pueda intervenir mediante acciones sociales: la
regulación. Pero, ¿qué parámetros tiene el Poder Legislativo para emitir una
ley de regulación o de antiregulación hacia una empresa? Los parámetros que
tiene el Legislativo para realizar una acción son: acción social de acuerdo a
fines; la acción social de acuerdo a valores; la acción social afectiva
(relativa a los sentimientos y sensaciones; en esa medida, irracional). Es por
ello que a la hora de aplicar una ley regulatoria se debe tener en cuenta los
aspectos ya antes mencionados: apelar a una defensa racional y no sentimental.
Recientemente, Indecopi hizo una denuncia
que involucraba a las empresas de cine en el Perú, la cual era enfocada en el
ingreso de alimentos a las salas de cine; para ellos el problema, según
indicaron, es forzar a que los clientes tengan que adquirir los productos
alimenticios solo al interior de estos establecimientos, sin darles la
oportunidad de elegir los suyos. La demanda que Indecopi presentó al
Legislativo no cumple los parámetros establecidos para declarar una ley de
regulación pues, como explican los economistas, no existe ninguna justificación
(económica o social) para regular el precio de las entradas a los cines a
través de restringir su modelo de negocio.
El precio de los cines y los alimentos que
brindan es determinada en gran medida por “la discriminación de precios”, que
es una práctica no solo habitual, sino beneficiosa para las empresas, los
consumidores y la sociedad en general. Todo esto explica que es razonable decir
que los cines tienen derecho de tener una estrategia de mercado que es de gran
beneficio para ellos y para los consumidores.
Otro elemento a considerar es que los
cines también velan por la experiencia en la sala; que esta sea placentera para
la mayoría de usuarios que consumen o no comida; es por esta razón que al
restringir el ingreso de comida a las salas de cine garantizan una experiencia
placentera para sus clientes, en especial para los más recurrentes.
En cuanto al aspecto de la comida, abre
paso al siguiente punto: la gran cantidad de interpretaciones que una persona
tiene sobre una palabra. Como se observó en los últimos días, algunos los usuarios tenían el temor que personas ingresen a la sala con comidas que emanen olores “fuertes”, esto desencadenó en una serie de quejas y
controversias en Internet y como muestra de ello se pudieron ver la gran
cantidad de memes, comentarios y publicaciones al respecto. Pero ¿Cuál es la
razón por la que algunas personas llevaron este tipo de comidas? Una muy
simple: las personas tenemos una gran cantidad de representaciones acerca de
una palabra o idea, autores afirman que las palabras significan lo que el autor
pretende que signifiquen.
Por todo lo expuesto creo pertinente
concluir que en los cines debe permanecer la prohibición del ingreso de
alimentos externos a sus salas. No se deben tomar acciones contra el libre
mercado imponiendo leyes que no tienen sustento adecuado, pues no se tomó en
cuenta diversos factores como las diferentes interpretaciones acerca del
decreto como las estrategias de mercado que tienen los cines. Además, se debe buscar tomar una acción que beneficie tanto a la empresa
como a los consumidores para evitar impertinentes entre los asistentes y
malestar a la empresa por pérdida de clientela o deterioro de su inmueble. Sin
embargo, una solución aún más democrática seria el ingreso exclusivo de snacks
con un leve pago por el “derecho de meter comida”; esperemos que las
autoridades tomen una mayor seriedad al caso.
Por Edinson
Mayta

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