¿Vamos al cine o a comer? - Sindéresis

miércoles, 28 de marzo de 2018

¿Vamos al cine o a comer?

En el Perú, cualquier persona natural tiene la posibilidad de crear y establecer una empresa privada ya sea con o sin fines de lucro. La constitución tiene decretos que respaldan la creación de una empresa, así como los parámetros que rigen la creación de esta, es por este motivo que una empresa tiene una relación con el Estado. 

En esencia, una empresa es libre de hacer lo que quiera (en un marco de derechos humanos y las leyes del Estado peruano); sin embargo, el Estado puede intervenir al tratarse de temas económicos como las fallas de mercado. Para aclarar este punto Adam Smith dice lo siguiente: “El interés de los negociantes (…) en cualquier rama de comercio o manufactura, siempre es diferente en alguna forma, e incluso opuesto, al del público.

Ensanchar el mercado y estrechar la competencia es siempre el interés de los negociantes. Ensanchar el mercado puede, frecuentemente, estar suficientemente alineado con el interés del público; pero restringir la competencia necesariamente está siempre en contra. Ante problemáticas de este tipo dejar que «la mano invisible» estabilice el mercado es mala idea.

Es por ello que el Estado, específicamente el Poder Legislativo, pueda intervenir mediante acciones sociales: la regulación. Pero, ¿qué parámetros tiene el Poder Legislativo para emitir una ley de regulación o de antiregulación hacia una empresa? Los parámetros que tiene el Legislativo para realizar una acción son: acción social de acuerdo a fines; la acción social de acuerdo a valores; la acción social afectiva (relativa a los sentimientos y sensaciones; en esa medida, irracional). Es por ello que a la hora de aplicar una ley regulatoria se debe tener en cuenta los aspectos ya antes mencionados: apelar a una defensa racional y no sentimental.

Recientemente, Indecopi hizo una denuncia que involucraba a las empresas de cine en el Perú, la cual era enfocada en el ingreso de alimentos a las salas de cine; para ellos el problema, según indicaron, es forzar a que los clientes tengan que adquirir los productos alimenticios solo al interior de estos establecimientos, sin darles la oportunidad de elegir los suyos. La demanda que Indecopi presentó al Legislativo no cumple los parámetros establecidos para declarar una ley de regulación pues, como explican los economistas, no existe ninguna justificación (económica o social) para regular el precio de las entradas a los cines a través de restringir su modelo de negocio.

El precio de los cines y los alimentos que brindan es determinada en gran medida por “la discriminación de precios”, que es una práctica no solo habitual, sino beneficiosa para las empresas, los consumidores y la sociedad en general. Todo esto explica que es razonable decir que los cines tienen derecho de tener una estrategia de mercado que es de gran beneficio para ellos y para los consumidores.

Otro elemento a considerar es que los cines también velan por la experiencia en la sala; que esta sea placentera para la mayoría de usuarios que consumen o no comida; es por esta razón que al restringir el ingreso de comida a las salas de cine garantizan una experiencia placentera para sus clientes, en especial para los más recurrentes.

En cuanto al aspecto de la comida, abre paso al siguiente punto: la gran cantidad de interpretaciones que una persona tiene sobre una palabra. Como se observó en los últimos días, algunos los usuarios tenían el temor que personas ingresen a la sala con comidas que emanen olores “fuertes”, esto desencadenó en una serie de quejas y controversias en Internet y como muestra de ello se pudieron ver la gran cantidad de memes, comentarios y publicaciones al respecto. Pero ¿Cuál es la razón por la que algunas personas llevaron este tipo de comidas? Una muy simple: las personas tenemos una gran cantidad de representaciones acerca de una palabra o idea, autores afirman que las palabras significan lo que el autor pretende que signifiquen.

Por todo lo expuesto creo pertinente concluir que en los cines debe permanecer la prohibición del ingreso de alimentos externos a sus salas. No se deben tomar acciones contra el libre mercado imponiendo leyes que no tienen sustento adecuado, pues no se tomó en cuenta diversos factores como las diferentes interpretaciones acerca del decreto como las estrategias de mercado que tienen los cines. Además, se debe buscar tomar una acción que beneficie tanto a la empresa como a los consumidores para evitar impertinentes entre los asistentes y malestar a la empresa por pérdida de clientela o deterioro de su inmueble. Sin embargo, una solución aún más democrática seria el ingreso exclusivo de snacks con un leve pago por el “derecho de meter comida”; esperemos que las autoridades tomen una mayor seriedad al caso.
Por Edinson Mayta





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